TIPOS DE PENSIONES EN COLOMBIA

En Colombia hoy en día existen más de un millón de pensionados y constantemente el gobierno busca ampliar esa cifra a una mayor parte de la población. Para esto, la Ley colombiana posee tres formas para acceder a una pensión, siempre y cuando se cumpla con todos los requerimientos establecidos.
En este articulo describiremos el tipo de pensiones existentes en Colombia y como puede acceder a ellos.

Pensión de Invalidez
Todas aquellas personas que pierdan el 50% o más de su capacidad laboral por causa de origen no profesional y que, además, no ha sido provocada intencionalmente para acceder a la pensión de invalidez, van a poder alcanzar este beneficio.
Por otra parte, debe haber cotizado al menos 50 semanas durante los últimos tres años anteriores a la fecha de estructuración de la invalidez. Si el aspirante es un menor de 20 años, este solo debe demostrar haber logrado cotizar 26 semanas en el año inmediatamente dada la declaratoria de invalidez.
El monto para este tipo de persona va a depender del grado de invalidez, si la perdida de la capacidad laboral oscila entre 50% y 65%, la pensión será del 45% del ingreso base de cotización, con un incremento del 1,5% por cada semana adicional cotizada.
Si la invalidez es de 66% o más de la capacidad laboral, el beneficiado recibirá el 54% del ingreso base con un incremento de un 2% por cada semana adicional cotizada.
Es importante resaltar que ninguna pensión puede ser menor a un salario mínimo legal vigente, ni superior al 75% del ingreso base de cotización.
Pensión por Vejez
Es uno de los mecanismos más comunes en Colombia y corresponde al ahorro mensual obligatorio que realizan todos los trabajadores formales del país, ya sea desde un fondo público o un fondo privado pensiones.

La cotización de pensiones mensual en Colombia es del 16% del salario del trabajador; si el cotizante es independiente el aporte será responsabilidad de el mismo, pero si es un empleado, la encargada de cubrir el 75% del aporte mensual.
El calculo del monto de la pensión de régimen público se realiza promediando el salario del trabajador durante los últimos 10 años de vida laboral, sin embargo, el cálculo del régimen privado se calcula dependiendo del monto de ahorro individual logrado, más los rendimientos de dicho ahorro.
En los casos donde las personas son cumplen con las 1300 semanas de cotización, los fondos privados son devueltos al dinero del ahorro individual, mientras que en Colpensiones solo se devuelve el monto cotizado por el trabajador.
Pensión de Sobrevivientes
Este beneficio se les otorga a los beneficiados de un afiliado o pensionado que falleció, pero que haya logrado cotizar al menos 50 semanas en los últimos tres años anteriores a la fecha de su muerte.
Si el fallecido ya se encontraba pensionado, el monto de la pensión será del 100%, pero si estaba cotizando, el monto de la pensión será del 45% del ingreso base.
Los beneficiarios que pueden obtener este tipo de pensiones, son aquellos que cumplen con lo siguiente:
- Poseer mínimo 5 años de convivencia con el cónyuge.
- Deben tener hijos, los cuales estén incapacitados para trabajar por razones de estudios, y que al momento de la muerte del afiliado dependían económicamente de este.
- Hijos inválidos con dependencia económica del afiliado fallecido.
- Padres que dependieran económicamente del afiliado fallecido, siempre y cuando no existan hijos ni cónyuge
- Hermanos inválidos que dependían económicamente del afiliado fallecido.
Muchos trabajadores no llegan a conocer como funciona el sistema pensional hasta que llegan a determinada edad un poco más avanzada, es por ello que debe conocer los tipos de pensiones que se puede solicitar en Colombia:
- Cuando una persona llega a la vejez
- Cuando el afiliado queda invalido y no puede continuar trabajando.
- Cuando muere el afiliado o persona pensionada.
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